La empresa de transporte interdepartamental COT resolvió no admitir bicicletas ni monopatines eléctricos con baterías de litio en sus unidades, argumentando riesgos de incendio o explosión en bodegas cerradas. La medida, comunicada a pasajeros y medios regionales, deja en evidencia un vacío legal: en Uruguay no existe normativa específica que regule el transporte de estos dispositivos en ómnibus.
Actualmente, cada empresa fija sus propios criterios. Mientras COT mantiene el cobro por traslado de bicicletas y rechaza monopatines eléctricos, Turil continúa transportando bicicletas sin costo y evalúa cómo proceder con los dispositivos eléctricos. Esta falta de pautas comunes genera incertidumbre para los usuarios, especialmente estudiantes y trabajadores que dependen de estos medios de movilidad.
La experiencia internacional muestra que el camino no es la prohibición, sino la definición de condiciones de seguridad claras. En Europa y en la aviación se han establecido normas técnicas para el traslado de baterías de litio, incluyendo límites de capacidad, embalaje seguro y sistemas de detección temprana. En Uruguay, la comisión parlamentaria de transporte deberá abordar el tema para garantizar seguridad pública, derechos de los usuarios y responsabilidades empresariales.
👉 Para un análisis completo y las implicancias de esta medida, recomendamos leer el artículo íntegro en la edición papel de Semanario NOTICIAS.



