Colonia, 23 de enero de 2026
Visto lo dispuesto por el Art.11º de la Ordenanza de Cementerios vigente, se previene a los Titulares del Derecho de Uso de los Nichos y Guarda Urnas del Cementerio de la ciudad de Juan Lacaze que abajo se detallan, que ese derecho de uso ha vencido, debiendo ser renovado indefectiblemente dentro del término de TREINTA DIAS a contar del día de la quinta y última publicación.
Se hace saber a los interesados, que, de no proceder a la renovación o entrega de los locales funerarios dentro de ese plazo, los mismos retrovertirán al dominio de la Intendencia; se extraerán los restos allí depositados y se llevarán sin más trámite al Osario común.
La Dirección




