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Trabajo doméstico: rigen nuevas categorías y salarios mínimos desde este mes

A partir del 1° de julio, el sector cuenta con tres clasificaciones específicas: tareas generales, cocina y cuidados. Los empleadores deberán verificar la situación de sus trabajadores, ya que el sistema asignó por defecto la categoría general a todo el padrón activo.
Desde el pasado lunes 1° de julio, entraron en vigencia las tres nuevas categorías laborales para el sector del trabajo doméstico en todo el país: General, Cocina y Cuidados. Esta reestructura busca precisar las funciones de los trabajadores y establece escalas salariales diferenciadas según la tarea principal que se desempeñe en el hogar.
Las categorías se definen por la naturaleza de las tareas. La categoría General comprende funciones de orden, limpieza, mantenimiento, lavado, planchado y mandados, incluyendo cuidados o cocina solo si no superan el 50% del tiempo trabajado. Por su parte, la categoría Cocina se reserva para la elaboración de alimentos desde ingredientes crudos y la planificación de menús. Finalmente, la categoría Cuidados abarca la atención directa y habitual de niños, adolescentes, personas mayores o personas con dependencia.

Nuevos salarios mínimos

De acuerdo con lo dispuesto en los Consejos de Salarios, los valores mínimos vigentes para una jornada de 44 horas semanales y el valor hora se fijaron de la siguiente manera:
  • Categoría General: $31.178 mensuales (Valor hora: $164).
  • Categoría Cocina: $32.875 mensuales (Valor hora: $172,95).
  • Categoría Cuidados: $33.935 mensuales (Valor hora: $178,53).
Es fundamental que los empleadores revisen la situación de su personal. Dado que inicialmente se asignó la categoría «General» a todos los trabajadores activos, aquellos que realicen tareas de cocina o cuidados de manera principal deben ser modificados a través de los canales digitales oficiales. Asimismo, para las nuevas altas de trabajadores, será obligatorio declarar la categoría correspondiente desde el inicio del vínculo laboral.
La implementación de estas categorías y el control de los registros laborales corresponden al Banco de Previsión Social (BPS), la institución ha dispuesto la línea 0800 2001 (opción 2) para atender consultas técnicas sobre el servicio doméstico. Estas modificaciones reglamentarias surgen de lo acordado en los Consejos de Salarios del pasado 5 de diciembre de 2025.

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